Las participaciones en competidores son una forma de vínculo estructural, que se produce cuando una empresa, directa o indirectamente, posee participación en el capital social de un competidor. Estas participaciones tienen la aptitud de reducir los incentivos a competir, produciendo riesgos unilaterales (alzas de precios, reducción cantidad o calidad, etc.) y producto de las posibilidades de acceso a información sensible y de interacción, aumentar los riesgos de coordinación (coordinación implícita, acuerdos explícitos o prácticas concertadas). Asimismo, al no producir una integración total, no tienen la aptitud de generar las eficiencias que podrían ser atribuibles a una operación de concentración propiamente tal.
El artículo 4 bis del DL 211 establece una obligación legal de informar a la Fiscalía Nacional Económica todas aquellas adquisiciones de participación en competidores por parte de alguna empresa o entidad, que cumplan con los siguientes requisitos:
Para facilitar el cumplimiento de esta obligación, la Fiscalía ha dispuesto un formulario en línea, que permite la presentación de estas declaraciones de forma más ágil y segura, sin limitaciones de horario y con confirmación inmediata de recepción.
Adicionalmente, el formulario está disponible en un archivo descargable, que debe ser llenado y enviado vía correo electrónico a la casilla formulario4bis@fne.gob.cl
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